La igualdad es un derecho básico que rige el funcionamiento de las sociedades democráticas. En nuestro país, la Constitución Española recoge como derecho de los españoles y las españolas la igualdad efectiva, reconociendo que todos y todas somos iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión o circunstancias personales o sociales.
En el mismo sentido, la Comunidad Europea identifica la igualdad entre hombres y mujeres como uno de los principios fundamentales de la Unión Europea, y en consecuencia se dictan diversas directrices instando a los Gobiernos a implementar políticas tendentes al desarrollo de una igualdad real entre hombres y mujeres.
Por su parte, en nuestra Comunidad Autónoma y como
consecuencia del desarrollo de este principio constitucional y europeo,
el Estatuto de Autonomía para Andalucía establece que promoverá las
condiciones para que la libertad y la igualdad sean reales y,
particularmente, siendo consciente de las diferencias culturales que
producen desigualdades por razón de sexo, regula como principio
relevante la igualdad efectiva del hombre y la mujer, promoviendo la
plena incorporación de las mujeres a la vida social superando cualquier
discriminación laboral, cultural, económica o política. En consecuencia,
desde la década de los 80 la Comunidad Autónoma de Andalucía identifica
la igualdad entre hombres y mujeres como una prioridad en sus
planteamientos políticos, realizando sucesivas actuaciones para
favorecer el desarrollo de valores a favor de la igualdad de género.
Estas actuaciones se han vertebrado a través de los diferentes Planes
para la Igualdad que el Gobierno andaluz ha puesto en marcha durante
este tiempo.
Los esfuerzos realizados han dado lugar a notables
avances en el seno de nuestra sociedad, pero aún se siguen manifestando
hechos y comportamientos que evidencian desigualdades personales,
sociales y profesionales entre hombres y mujeres. Por ello, es necesario
continuar avanzando para impulsar y consolidar valores favorables a una
relación igualitaria entre los géneros.
Recientemente, la promulgación de la Ley
Orgánica/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral
contra la Violencia de Género, da un nuevo impulso para el desarrollo de
valores democráticos en favor de la igualdad por razón de género. El
establecimiento de medidas integrales y multidisciplinares determina un
nuevo marco global de actuación que posibilita mayores condiciones para
que la conquista de la igualdad entre hombres y mujeres sea una realidad
en nuestra sociedad.
En estos momentos y en consecuencia con lo
anterior, se considera necesario aunar esfuerzos y diseñar nuevas
estrategias educativas que permitan hacer realidad el principio de
igualdad entre los sexos. El I Plan de Igualdad entre Hombres y Mujeres
en Educación constituye el marco global de intervención en el contexto
escolar para posibilitar la consolidación del principio democrático de
la igualdad entre los sexos. Con este Plan se pretende diseñar y
coordinar actuaciones que favorezcan, fundamentalmente, el conocimiento
de las diferencias entre niños y niñas, entre hombres y mujeres, para
establecer las condiciones escolares que permitan corregir las
discriminaciones y estereotipos sexistas, la formación del alumnado en
la autonomía personal como base para fomentar el cambio en las
relaciones de género y la corrección de desequilibrios entre profesoras y
profesores en actividades de responsabilidades escolares ofreciendo
modelos no estereotipados. Este I Plan se dirige e implica a la
totalidad de la comunidad educativa, concibiendo que la educación de las
nuevas generaciones constituye el motor de cambio en las relaciones
entre niños y niñas, de hombres y mujeres y, en definitiva, constituye
un paso más hacia la consecución de una sociedad más justa y
equilibrada.
Por todo ello, a propuesta de la Consejera de
Educación, con informes favorables de las Consejerías de Economía y
Hacienda y de Justicia y Administración Pública, y previa deliberación,
el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 2 de noviembre de 2005,
A C U E R D A
Primero. Aprobación.
Se aprueba el I Plan de Igualdad entre Hombres y Mujeres en Educación, que se adjunta como Anexo al presente Acuerdo.
Segundo. Mecanismos de evaluación y seguimiento.
La Consejería de Educación establecerá los mecanismos de evaluación y seguimiento del Plan.
Tercero. Desarrollo y ejecución.
Se faculta a la Consejera de Educación para que adopte los medios, disposiciones o resoluciones administrativas
necesarios para el cumplimiento del presente Acuerdo.
Cuarto. Efectos.
El presente Acuerdo surtirá efectos a partir del
día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía.
Sevilla, 2 de noviembre de 2005
MANUEL CHAVES GONZALEZ
Presidente de la Junta de Andalucía
CANDIDA MARTINEZ LOPEZ
Consejera de Educación
A N E X O
I PLAN DE IGUALDAD ENTRE HOMBRES Y MUJERES EN EDUCACION
1. Introducción.La mayor igualdad entre hombres y
mujeres, que puede observarse en la creciente participación de las
mujeres en diferentes escenarios -laboral, político, doméstico,
académico, cultural- no siempre se acompaña de cambios ideológicos que hagan posible la independencia y autonomía de las mujeres, ni de transformaciones estructurales que sostengan nuevos modelos de relaciones de género.
El reto que ha asumido la sociedad española y
andaluza de hacer efectiva la igualdad entre hombres y mujeres se ve
obstaculizado por la fuerza de los modelos culturales de género
dominantes. Ello supone que los avances en los modelos de relaciones
entre hombres y mujeres se viven con tensión o malestar por el desafío
que entrañan a las relaciones de poder que llevan aparejados.
El ritmo acelerado de las transformaciones
políticas, sociales y económicas en la sociedad española ha provocado,
además, una importante brecha generacional donde conviven modelos muy
diversos y distantes de relaciones de género. La mayor formación e independencia económica de las mujeres más jóvenes no sólo ha propiciado el cambio en sus formas de vida, intereses y aspiraciones, sino que obliga a cambios
en el modelo de masculinidad construido en relación a mujeres que ya no
existen. En consecuencia se hace necesario redefinir los papeles
sociales de hombres y mujeres en el marco de las relaciones entre
iguales.
La Consejería de Educación, consciente de esta
realidad y de la importancia que tiene la actuación desde las políticas
públicas para que el principio de igualdad entre hombres y mujeres,
consagrado en nuestra Constitución y en el Estatuto de Autonomía para
Andalucía, sea una realidad, ha venido tomando medidas para propiciar,
desde su ámbito de competencias, el desarrollo integral de alumnos y alumnas en igualdad, superando el peso de la tradición y los prejuicios.
En estos momentos, teniendo en cuenta los
resultados de las medidas desarrolladas y la necesidad urgente de hacer
efectiva la igualdad entre hombres y mujeres en la sociedad andaluza se
precisa una intervención global en el marco educativo a través de este I
Plan de Igualdad entre Hombres y Mujeres en Educación.
2. Las relaciones entre hombres y mujeres ante los cambios sociales.
El logro de mayor igualdad entre hombres y mujeres
sigue siendo hoy un objetivo. Las desigualdades entre hombres y mujeres
perviven en los cambios sociales, económicos, tecnológicos, etc., que se han producido en los
últimos años. A pesar de los avances de las mujeres, sobre todo en las
últimas décadas, todavía queda mucho camino por recorrer para que
hombres y mujeres sean iguales de verdad.
En los últimos años se está dando un fenómeno social que no es nuevo pero sí que se manifiesta abiertamente con la consiguiente alarma social, sobre todo porque
vulnera el primero de los Derechos Humanos: el derecho a la vida y, en
este caso, el de la vida de las mujeres. La violencia contra las mujeres
pone de manifiesto que, tras los cambios formales, perviven las formas
más crueles y arcaicas de dominación de los hombres sobre las mujeres.
Un gran cambio que caracteriza nuestra época, y que
afecta de forma singular a la vida de las mujeres y de los hombres, es
la progresiva incorporación de las mujeres al trabajo remunerado y su acceso a casi todos los ámbitos de la vida pública, la educación, la política, la industria, los sindicatos, la sanidad, la justicia, etc. Pero este
avance sigue acompañado de discriminaciones salariales para las
mujeres, infrarrepresentación en los niveles más altos de la escala
salarial y una segregación sectorial y profesional elevada, que no hay
indicios de que vayan a reducirse a pesar del número cada vez mayor de
tituladas.
La anterior situación ha producido importantes transformaciones en los modelos de familia. El
modelo de varón dispensador único de recursos familiares va dando paso a
familias en las que tanto el padre como la madre aportan ingresos. El
reconocimiento personal y social de las nuevas formas de agrupamientos
familiares, o los nuevos modelos de familias, no ha impedido que las
mujeres representen la mayoría de las familias monoparentales con hijos a
su cargo y sean las más vulnerables a la pobreza.
La actividad pública remunerada, tanto de hombres
como de mujeres, no se ha visto acompañada de una mayor presencia de los
hombres en los ámbitos de la vida privada y en el espacio doméstico, es
decir, no se ha acompañado del necesario reparto de las
responsabilidades familiares y domésticas y del cuidado de las personas,
dando lugar a la doble y triple jornada de las mujeres.
Los cambios que se han producido en las vidas de las mujeres en las últimas décadas han provocado una importante transformación del modelo de feminidad tradicional,
mientras los varones, en muchos casos, han percibido estos cambios como
pérdida de sus privilegios y los han vivido en resistencia. Lo cierto
es que mientras se han construido nuevas feminidades no ha sucedido lo
propio con las masculinidades, dificultando relaciones de género más
igualitarias.
Los cambios legales de las ultimas décadas han sido
numerosos y, sin duda, cruciales para la mejora de las condiciones de
vida de las mujeres. Que mujeres y hombres sean iguales, es decir, que
tengan las mismas oportunidades de realización personal y social,
compartan las responsabilidades familiares, laborales y de poder, ha
tardado siglos en reconocerse, pero una vez enunciada debemos, desde
todos los ámbitos, tomar las medidas necesarias para que la igualdad
formal se convierta en igualdad real.
3. Necesidad de cambios en el modelo educativo.
La defensa de la igualdad de derechos entre mujeres
y hombres parte del principio de que las mujeres, como ciudadanas,
deben ser tan libres como los hombres a la hora de decidir y ejercer
papeles sociales y políticos. Esta perspectiva, que se ha denominado
derecho a la igualdad, se fundamenta en la firme convicción de que no es
posible la libertad sin igualdad y ésta requiere la eliminación de las
barreras de la
discriminación y del prejuicio. Hay que hacer posible que la igualdad pueda alcanzarse a través de reformas en las estructuras democráticas que garanticen la
educación en las mismas condiciones de oportunidad, de trato y de logro a
ambos sexos y, en consecuencia, la libertad de elección.
Se considera, por tanto, que el ofrecer igualdad en la educación a los dos sexos es condición necesaria
para que las potencialidades individuales de mujeres y hombres puedan
estimularse y desarrollarse. Pero no es igualitario, ni por tanto justo,
tratar del mismo modo a quienes son diferentes, ni obviar las
diferencias aplicando modelos igualitaristas.
Es necesario recordar que hasta bien entrado el
siglo XX, igualdad y libertad, principios ilustrados en los que se
asientan las sociedades contemporáneas, no alcanzaban a las mujeres.
Papeles sociales marcadamente diferenciados limitaban a las mujeres al
espacio doméstico y su educación, cuando se consideró de interés,
prepararlas para el mejor cumplimiento de esa única y exclusiva función
social. De este modo, desde los orígenes de nuestro sistema educativo,
el tratamiento educativo de las niñas fue marcadamente diferente al de
los niños.
Aunque este modelo dicotómico nos puede parecer hoy
en día trasnochado, lo cierto es que una educación general dirigida a
los chicos y otra específica para las chicas, orientada a su buen
desempeño como amas de casa, ha pervivido en nuestro país hasta los años
70 del siglo XX en que comienzan a desaparecer los signos más evidentes
de la diferenciación entre sexos, se elimina la separación obligatoria,
la especificidad de
asignaturas dependiendo del sexo y se comienzan a dar los primeros pasos en el camino hacia el modelo de la escuela mixta.
Este cambio, coincide con un significativo
incremento del acceso de las mujeres a las enseñanzas medias y
superiores, que en algunos casos llegan a superar en número y calificaciones a los chicos. Este aspecto entre otros ayuda a conformar la idea de que el sistema educativo es igualitario.
Sin embargo, a pesar de la aparente neutralidad de
la escuela mixta, a mediados de los años 80 surgen en nuestro país los
primeros trabajos que cuestionan el modelo. Estos ponen de manifiesto
cómo el sistema educativo reproduce por diversas vías, de forma
invisible, modelos y papeles sociales diferentes para las chicas y para los chicos, que
ayudan a reproducir las relaciones de poder desiguales entre hombres y
mujeres. Así, en aspectos como los contenidos curriculares, la
interacción entre el personal docente y el alumnado, los libros de
texto, la gestión del aula o la del propio centro educativo, teniendo en
cuenta los aspectos arquitectónicos de los equipamientos o las
instalaciones deportivas o laboratorios, se manifiestan claramente aspectos
claves de la cultura androcéntrica, convirtiéndose en ámbitos
transmisores y reproductores de los estereotipos sexistas.
Así aparecen en el escenario educativo español las
primeras tendencias hacia una escuela coeducadora, que propone una
educación que rompa con los límites impuestos por las
categorías de género, que rompa con las jerarquías
en las relaciones entre los sexos, que rescate el valor de los
conocimientos básicos para la vida de las culturas femeninas y los
saberes de las mujeres, y que potencie y genere en alumnas y alumnos
nuevas y más ricas identidades.
A pesar de las intenciones de la Ley Orgánica
1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, en
la que por primera vez en la legislación española se reconoce la
ilegitimidad de la discriminación por sexos en el sistema educativo y se
establece la necesidad de reconsiderar la actividad educativa a la luz
de los principios de igualdad de oportunidades entre ambos sexos, y a
pesar de hacerse eco de esta declaración los diseños curriculares,
marcando objetivos y contenidos con referencias explícitas a la igualdad
de los sexos y orientaciones para incorporar metodologías que potenciaran la coeducación, los resultados no han sido apreciables en la práctica. Sin embargo, el
análisis de las dificultades en su aplicación nos permite diseñar nuevas
propuestas para seguir avanzando.
Este diagnóstico previo se une al reto de las
sociedades modernas de educar a las personas íntegramente y para la
democracia, lo que significa que todo el mundo pueda adquirir un
conjunto de capacidades básicas de tipo cognitivo, emocional y ético a lo largo de su estancia en la escuela. A la necesidad incuestionable de educar en habilidades y conocimientos se añade la de educar para una mejor
calidad de vida y para dotar a ésta de sentido moral. Por ello, la
escuela debe crear las condiciones necesarias para que el sistema
educativo potencie los aprendizajes para la vida afectiva e integre los
saberes de la vida doméstica y el cuidado de las personas como saberes
básicos para la vida en todos los chicos y las chicas.
4. Principios de actuación.
La intervención global en el marco educativo que
pretende este I Plan de Igualdad entre Hombres y Mujeres en Educación
viene marcada por tres principios de actuación:
- Visibilidad.Hacer visibles las diferencias entre
chicos y chicas, para facilitar el reconocimiento de las desigualdades y
discriminaciones que aquellas pueden producir y producen. Visibilizar a
las mujeres a través de: su contribución al desarrollo de las
sociedades, valorando el trabajo que tradicionalmente han realizado; un uso no
discriminatorio del lenguaje; la reflexión sobre la injusticia de los
privilegios en una sociedad democrática y de la pervivencia de papeles
sociales discriminatorios en función del sexo.
- Transversalidad.
Los principios de igualdad entre hombres y mujeres
deben estar presentes en el conjunto de acciones y políticas emprendidas
por la Administración y los centros educativos. Este enfoque
transversal supone la inclusión de la perspectiva de género en la
elaboración, desarrollo y seguimiento de todas las actuaciones que afecten, directa o indirectamente, a
la comunidad educativa. Por ello las actuaciones y medidas impulsadas
por la Administración educativa buscarán ser ejemplarizantes.
- Inclusión.
Las medidas y actuaciones educativas se dirigen al
conjunto de la comunidad, porque educar en igualdad entre hombres y
mujeres requiere una intervención tanto sobre unos y como sobre otras
para corregir así los desajustes producidos por cambios desiguales en
los papeles tradicionales, conciliar intereses y crear relaciones de
género más igualitarias. En efecto, los cambios políticos y sociales de
las últimas décadas han repercutido de forma muy importante en la construcción de nuevos modelos de feminidad, sin
que éstos se hayan acompañado de cambios en el modelo de masculinidad,
con graves consecuencias en algunos casos.
5. Objetivos y medidas.
Teniendo en cuenta lo expuesto y con el fin de
crear en el marco educativo las condiciones que permitan seguir
avanzando en la construcción de una sociedad más igualitaria, desde la
convivencia, el reconocimiento, la cooperación y el respeto mutuo, este I
Plan de Igualdad entre Hombres y Mujeres en Educación se propone los
siguientes objetivos que se acompañan de las medidas y actuaciones que
se van a desarrollar para su consecución.
1. Facilitar un mayor conocimiento de las diferencias entre niños y niñas, hombres y mujeres, que permita evitar y corregir las discriminaciones que de aquellas se
derivan, así como favorecer las relaciones basadas en el reconocimiento y
la libertad de elección.
Las diferencias constituyen un hecho reconocible en la singularidad de cada ser humano, y atenderlas es
una condición necesaria para una actuación libre y plena de mujeres y de
hombres. La cultura patriarcal se ha construido sobre la imposición de
un referente masculino como universal, jerarquizando las diferencias al asignar un
desigual valor al ser hombre y al ser mujer, y convirtiéndolas en una
fuente de desigualdad y discriminación.
Es preciso hacer aflorar y conocer las
discriminaciones que han existido y que persisten en la actualidad,
tanto en el ámbito escolar como en el público y en el doméstico, analizando las razones que las han constituido, los intereses a los que sirven y las situaciones que las perpetúan.
Y, junto a ello, hay que valorar la riqueza que
supone la diversidad de modos de ser hombre y de ser mujer, el sustrato
imprescindible para establecer unas relaciones basadas en la igualdad,
el respeto y la corresponsabilidad.
En esta tarea se hace necesaria una formación
específica de apoyo al profesorado para que sea capaz de corregir
aquellas que discriminan porque son consecuencia de estereotipos de
dominación y dependencia presentes en nuestra cultura, así como de
reconocer y valorar las aportaciones que las mujeres a lo largo de la
historia y en la actualidad realizan al desarrollo de la humanidad. La adquisición de estos conocimientos favorece la reflexión y, en
consecuencia, la visibilidad de posibles desigualdades, prejuicios o
actitudes sexistas que, a veces por inercia o de forma inconsciente,
pueden transmitirse durante el desarrollo de la actividad docente.
Medidas:
1.1. Todos los registros, documentación, informes y memorias que elaboren y emitan los centros recogerán los datos desagregados por sexo, de forma que permitan explicaciones diferenciadas.
1.2. Se elaborará y facilitará a los centros la
información y documentación pertinente para que los registros, informes y
análisis que emitan faciliten el reconocimiento de las diferencias y permitan análisis y soluciones diferenciadas.
1.3. Las memorias de Inspección incluirán los datos necesarios para comprobar el nivel de ejecución de las medidas desarrolladas por los centros en cumplimiento de este Plan.
1.4. En la formación inicial del profesorado deberá cursarse de forma obligatoria un módulo de coeducación cuya responsabilidad docente corresponderá a los grupos,
seminarios o Institutos universitarios de investigación especializados
en materia de igualdad de género.
1.5. Se desarrollará, desde los Centros del
Profesorado, formación específica para avanzar en la implantación de la
asignatura optativa de secundaria obligatoria "Cambios sociales y nuevas relaciones de género", así como
para el desarrollo de los contenidos prácticos de aprendizajes en
responsabilidades familiares y cuidados de las personas.
1.6. Los Centros del Profesorado prestarán especial
atención a la formación de los docentes con el objeto de incorporar el
desarrollo de prácticas coeducativas que favorezcan el aprendizaje y la participación activa del alumnado
de ambos sexos en condiciones de igualdad, especialmente en las áreas
científico-tecnológicas.
1.7. Los Centros del Profesorado dispondrán de profesorado colaborador para el asesoramiento y colaboración en la planificación y diseño de líneas transversales coeducativas en el Plan de formación, actividades, cursos, etc...
1.8. Se elaborarán guías de buenas prácticas para
los cambios en las relaciones entre niños y niñas, hombres y mujeres,
dirigidas a las familias, al profesorado, al alumnado y a la
Administración educativa.
2. Promover condiciones escolares que favorezcan prácticas educativas correctoras de estereotipos de dominación y dependencia.
Una larga tradición de desequilibrio en la división
del trabajo y en los papeles asignados a hombres y mujeres ha generado
una hegemonía masculina que ha marcado y sigue impregnando los productos
del conocimiento, las prácticas cotidianas y en general nuestra
cultura. A esta situación no puede ser ajena una educación que se
sustenta en principios democráticos.
Del mismo modo que los cambios constantes que se
producen en nuestra sociedad originan situaciones que el sistema
educativo debe integrar y a las que debe dar respuesta desde el análisis
y la reflexión, con objeto de facilitar la adecuación de los procesos
de organización escolar y de intervención didáctica a estas nuevas
situaciones, debe igualmente adoptar medidas para evitar las
discriminaciones ocultas tras prácticas arraigadas que invisibilizan las
diferencias.
Dar existencia a las mujeres debe comenzar por no
negarlas en el lenguaje, nombrándolas explícitamente tanto en la vida
cotidiana de las aulas como en los patios, en las reuniones del
claustro, en los documentos del centro, en los materiales escolares o en
las comunicaciones a las madres y los padres.
El lenguaje constituye un importante espacio simbólico con gran capacidad para conformar nuestra mente y nuestro comportamiento. Las resistencias y reticencias a
utilizar un lenguaje sexuado, a pesar de las recomendaciones realizadas
por distintos organismos ya desde hace mucho tiempo, constituyen una muestra de que no se ha asumido la
necesidad de utilizarlo porque la realidad continúa analizándose desde
una pretendida neutralidad que no hace sino buscar la inclusión de las mujeres en el referente masculino ya existente.
En cualquier análisis de la realidad escolar que
realicemos es necesario que se muestre la existencia y la presencia, no
subsumible en ningún pretendido neutro, de niñas y niños. El modo en que
recogemos información, la analizamos y la presentamos debe contemplar esa presencia.
Los libros de texto y materiales didácticos
constituyen recursos potentísimos para presentar una visión del mundo
que no perpetúe una imagen negativa o estereotipada de las mujeres. Los análisis existentes indican que, en la actualidad, no están ofreciendo una imagen realista
de la multiplicidad de actividades que las mujeres y los hombres
realizan, y sobre todo de la contribución de las mujeres al desarrollo
social. Eliminar de los materiales didácticos los prejuicios culturales y
los estereotipos es imprescindible para ampliar el marco de
posibilidades de elección de las niñas y también de los niños.
Medidas:
2.1. Se velará por el cumplimiento de las
disposiciones relativas a la utilización de un lenguaje no sexista en
todos los documentos emanados de la Administración educativa y de los
centros escolares.
2.2. Los Planes y Programas de la Consejería de
Educación deberán tener en cuenta la perspectiva de género en sus
planteamientos, principios y actuaciones.
2.3. En cada centro habrá una profesora o profesor
responsable en materia de coeducación cuya dedicación sea considerada
como mérito a efectos de promoción en los correspondientes baremos.
2.4. La Consejería de Educación dará las instrucciones necesarias para asegurar la incorporación de personas expertas en materia de género en los Consejos Escolares, con la finalidad de impulsar las medidas educativas que fomenten la igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres.
2.5. Se darán las instrucciones necesarias a los
centros educativos para que los patios y los espacios escolares se
utilicen de forma compartida y no excluyente.
2.6. Los Equipos de Orientación Educativa y los Departamentos de Orientación desarrollarán e impulsarán programas y actuaciones de orientación vocacional y profesional
que potencien la eliminación de estereotipos y roles de sexo en la
formación de expectativas y opciones académicas y laborales.
2.7. Se impulsarán las medidas necesarias para
favorecer la igualdad entre hombres y mujeres en los Ciclos Formativos.
En este sentido, se promoverán medidas para incentivar una
representación más equilibrada del alumnado de ambos sexos,
especialmente en aquellos donde la elección de familias profesionales
esté condicionada por estereotipos de roles sexistas.
2.8. Los Centros de
Educación Permanente potenciarán la educación en igualdad entre hombres
y mujeres con el objetivo de desarrollar relaciones más igualitarias
entre la población adulta. En este sentido, se promoverán medidas para
conseguir una representación más equilibrada de ambos sexos entre este
alumnado.
2.9. Las memorias de los centros informarán de las medidas adoptadas para el cumplimiento de este Plan.
2.10. Se trasladarán a los Consejos Escolares de
todos los centros las instrucciones necesarias para que en la selección
de materiales curriculares se emplee el criterio de primar aquellos que
mejor respondan a la coeducación entre niños y niñas.
2.11. Se trasladará a las editoriales las
instrucciones que se dirijan a los centros referidas a criterios de
selección de materiales curriculares para que puedan considerarlas en la
edición de los mismos.
2.12. Se dotará un premio anual para reconocer el material curricular que destaque por su valor coeducativo.
3. Fomentar el cambio de las relaciones de género formando al alumnado en la autonomía personal.
El aprendizaje de las tareas y responsabilidades
domésticas se ha producido a lo largo de los siglos a través de la
imitación y reproducción de los saberes femeninos. Estos saberes eran
imprescindibles para el desarrollo de las funciones sociales de las
mujeres, y así mismo, era un legado y responsabilidad educativa que se
trasmitía de madres a hijas.
La transmisión de los conocimientos domésticos era a
la vez un deber de las mujeres, ya que, junto con otras prácticas como
la honestidad, la sumisión, la invisibilidad, etc., justificaban los valores morales y las virtudes de
lo que se reconocía socialmente como el "modelo por excelencia" para ser
una buena esposa, una buena madre y una buena mujer.
Durante los últimos años se ha utilizado con éxito
el mensaje de la independencia económica, dirigido especialmente a las
chicas jóvenes que se encuentran en el momento de escoger una profesión u
oficio, insistiendo en que lo que tienen que hacer es escoger una buena
opción profesional con futuro. Las chicas han incorporado ese y otros
mensajes y están triunfando con carreras de éxito, a veces combinando
sus responsabilidades profesionales con las familiares. Contrariamente,
los chicos jóvenes no están incorporando el cuidado de sí mismos y las
cuestiones domésticas como una responsabilidad individual, hecho que
puede conducir, como está pasando actualmente, a una carga de trabajo
para las mujeres; el trabajo fuera de casa, las tareas domésticas, y
otras actividades para el cuidado de la familia. De algunas
investigaciones y encuestas se concluye que todavía la mayoría de chicos
asocian las tareas del hogar como un trabajo muchas veces aburrido,
inferior y típico de las mujeres.
En la formación de los jóvenes, de uno y otro sexo, debemos valorar la autonomía personal para afrontar las
responsabilidades familiares y el cuidado de las
personas. Igualmente debemos revalorizar el trabajo y los saberes que
han realizado tradicionalmente las mujeres y que son básicos para el
mantenimiento de la sociedad.
Medidas:
3.1. Se arbitrarán las medidas necesarias para garantizar que el alumnado de los niveles obligatorios adquiera los conocimientos y habilidades necesarios para responder a las responsabilidades familiares y cuidados de las personas.
3.2. En el diseño del currículo para Andalucía se contemplará la inclusión de contenidos y actividades dirigidos a visibilizar la contribución de las mujeres al
desarrollo de nuestra sociedad. Asimismo, se incluirá el aprendizaje de
responsabilidades familiares y cuidados de las personas por parte de los
niños y las niñas.
3.3. Se dotará a todos los centros de materiales
curriculares de apoyo con el fin de facilitar la mayor implantación de
la asignatura optativa de Educación Secundaria Obligatoria "Cambios
sociales y nuevas relaciones de género".
3.4. Se realizarán convocatorias de proyectos de
coeducación, a través de las Asociaciones de Padres y Madres del
Alumnado, con la finalidad de promover la mayor educación a través del
reparto de las responsabilidades domésticas en las familias.
3.5. Los Centros del Profesorado promoverán en los
centros educativos trabajos en grupo que incentiven la innovación en
temas de igualdad de sexos. En este sentido, se dará un nuevo impulso a
la convocatoria de Proyectos de Coeducación, creando redes de
coeducación para el intercambio de prácticas y experiencias relacionadas
con la igualdad entre hombres y mujeres en el ámbito educativo.
4. Corregir el desequilibro existente entre
profesoras y profesores en actividades y responsabilidades escolares de
tal modo que se ofrezca a niños y niñas y jóvenes modelos de actuación
diversos, equipotentes y no estereotipados.
La creciente feminización de la profesión docente
es, sin duda, un indicador de la ampliación de la presencia laboral y
social de las mujeres, pero la todavía escasa representación de las
profesoras en los niveles de decisión y dirección pone de manifiesto la
pervivencia de desequilibrios entre hombres y mujeres en un espacio cuya
función es educar, es decir, que debe conformar modelos y valores.
La socialización y el aprendizaje de los modelos
existentes y deseables de ser mujer y de ser hombre se realiza, también,
en la escuela y a través de los modelos que ofrecen las profesoras y los profesores en sus actividades, en
la asunción de responsabilidades, en la valoración que se realiza de sus
intervenciones, en los espacios que ocupan.
La escuela es, en todo caso, un espacio educativo
completo, es decir, educa con todo lo que en ella se hace, no sólo a
través de lo que explícitamente enseña. Por eso es fundamental prestar
atención a esos modelos de referencia masculinos y femeninos, e
intervenir para evitar ofrecer modelos indeseables de división jerárquica del trabajo en función del sexo.
Desde las actuaciones administrativas deben reconocerse y valorarse las actividades que realizan las profesoras, corrigiendo aquellos procedimientos que sean
explícitamente discriminatorios tanto como aquellos otros que lo son por
no tomar en cuenta el modo desigual en que afectan a las mujeres y a
los hombres esas actuaciones.
Esta situación, común a los países de nuestro
entorno, ha dado lugar al diseño de la Estrategia Marco Comunitaria
sobre igualdad 2001-2005, que desarrolla las Resoluciones, Recomendaciones y Directivas de la Unión Europea y
aconseja a los Estados miembros que lleven a cabo las acciones
necesarias para promover de forma activa una mayor presencia de las
mujeres en los puestos de decisión política, económica, social y
cultural con el fin de que estén representados los intereses y
necesidades del conjunto de la población.
La Consejería de Educación, en el marco de las
políticas comunitarias, ya ha venido adoptando medidas encaminadas a
conseguir una representación más equilibrada de profesores y profesoras
en los espacios de decisión en materia de formación.
Medidas:
4.1. Se promoverá la participación de las
profesoras en todos los órganos gestores de la Consejería de Educación,
por lo cual, en el marco de la normativa vigente, se analizarán los
baremos correspondientes.
4.2. Las evaluaciones de las actividades del
profesorado contemplarán el índice de participación de los profesores y
de las profesoras a fin de recoger los desequilibrios que, en su caso,
se produzcan, así como proponer medidas a tal efecto.
4.3. Si no existiera candidatura para ocupar la
dirección de centros docentes, los Delegados y Delegadas de la
Consejería de Educación actuarán teniendo en cuenta las Recomendaciones y
Directivas del Consejo de Europa en materia de igualdad, por las que se
insta a los Estados Miembros para que lleven a cabo las acciones
necesarias para promover de forma activa la representación de las
mujeres en los puestos de decisión.
6. Seguimiento y evaluación.
Para asegurar el éxito de este Plan es necesario
definir y poner en marcha mecanismos de seguimiento de las actuaciones y
medidas que lo desarrollan, a la vez que estrategias de evaluación que
permitan valorar de una manera sistemática y rigurosa el alcance real de
dichas actuaciones y ofrecer información relevante para orientar la
toma de decisiones de cara a potenciar los logros y a corregir las
posibles
disfunciones. Se trata de una evaluación que se entiende como un ejercicio de responsabilidad individual y también
colectivo, y que implica un proceso de reflexión y
análisis sobre las actuaciones que se van desarrollando y sobre el
resultado de las mismas. Pero, también, de una evaluación que estimule
la participación de todas y todos cuantos estén implicados en el
desarrollo del Plan en el impulso de procesos de mejora continua.
Esta evaluación debe garantizar la
confidencialidad, el respeto a las diferentes perspectivas e
interpretaciones que pudieran existir, la difusión de las informaciones
generadas y el fomento del diálogo, el debate y la búsqueda del
consenso. Asimismo, debe constituir en sí misma un proceso de formación y
contribuir a desencadenar nuevos procesos formativos que faciliten la
comprensión de las prácticas llevadas a cabo y la valoración de sus
efectos.
Por todo ello, la evaluación no puede limitarse a la identificación y valoración de resultados, sino que
ha de extenderse también a la explicación de los procesos a través de
los que éstos se alcanzan, ofreciendo información sobre las diferentes
perspectivas, intereses, resistencias y posibilidades que subyacen en la planificación y desarrollo de cualquier propuesta o actuación llevada a cabo en el desarrollo de este Plan.
Es evidente que la calidad y eficacia de las acciones que desarrollan el Plan dependen de múltiples factores,
relacionados unos con los objetivos propuestos y
otros con los procesos que se diseñen para alcanzarlos y con los
recursos puestos en juego. Además, los factores antes aludidos interaccionan con un conjunto de funciones que van
desde la planificación de las actuaciones que se pondrán en marcha hasta
la valoración de las consecuencias de dichas actuaciones. Por todo ello, las evaluaciones que se realicen deberán dar respuesta a cuestiones como:
- El grado de consecución de los objetivos establecidos.
- La idoneidad de las actuaciones programadas y de los recursos de todo tipo (normativos, económicos, materiales y humanos) que se han previsto para alcanzar los objetivos.
- La eficacia de los mecanismos de difusión, coordinación y organización interna.
- Otros resultados no previstos y las variables que intervienen en ellos.
Las características de la evaluación que se
pretende realizar hacen que todas y todos cuantos participan en el
desarrollo de este I Plan de Igualdad entre Hombres y Mujeres en la Educación deban implicarse en ella, contribuyendo
así al desarrollo del propio Plan. Es necesario, por tanto, impulsar, a
través de la evaluación, procesos de análisis y debate sobre las
actuaciones llevadas a cabo, que permitan formular propuestas encaminadas a la mejora de estas
actuaciones, de las prácticas educativas sobre las que se pretende
incidir y, en último término, de los resultados de estas prácticas.
Desde esta perspectiva, la evaluación del I Plan de Igualdad entre Hombres y Mujeres en la Educación combinará las siguientes estrategias y actuaciones:
- Periódicamente, la Consejería de Educación
realizará una valoración del impacto de las medidas previstas para los
centros escolares, la formación del profesorado y la propia
Administración.
- Se llevará a cabo una evaluación externa del I Plan de Igualdad entre Hombres y Mujeres en Educación, con los objetivos y finalidades antes referidos, realizada
por equipos de especialistas pertenecientes al ámbito universitario y a
otras instituciones acreditadas en dichas funciones, a través de
convocatorias públicas.
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